La perversos y La Perversion de la Ley.

La principal perversión, de carácter cualitativo, que criticaba Bastiat: siendo el objeto original de la ley “la organización colectiva del derecho individual de legítima defensa” (es decir: la ley debe “ponerse del lado de la propiedad contra el despojo”), ha terminado por convertirse en “el más poderoso instrumento de injusticia.
Cada vez más ámbitos de la vida son susceptibles de control, intervención o regulación política.
Bastiat, de manera muy perspicaz, se dio perfecta cuenta de que “cuando el despojo está organizado por ley en provecho de las clases que la hacen, todas las clases despojadas tienden, por medios ya pacíficos, ya revolucionarios, a tomar parte alguna en la elaboración de las leyes”.
Antes,dadas las caracetristicas de la Ley(dadas las cOmpetencias del organo legislador), ésta tenía una vocación universal, fuera orgánica (organización del poder), fuera dogmática (derechos y deberes): era un verdadero marco de convivencia dentro del cual los individuos se desenvolvían según su voluntad. Ahora, dado que cada vez el pastel político crece más y más (los valedores de este ensanchamiento lo justifican en base a la “eficacia” necesaria del Estado: nada más lejos de la realidad, puesto que lo que sucede es que los reglamentos se superponen y el ordenamiento jurídico queda enmarañado), se produce una inflación de reglamentos que, aunque sean jerárquicamente inferiores a la ley, siguen vinculando a todos: para los ciudadanos, es una cuestión de grado; “vivimos” los reglamentos como “vivimos” la ley: regulan igualmente nuestras vidas.

Debemos preguntarnos si es legítimo no sólo que cada vez lo político se inmiscuya más en lo individual (que no es otra cosa que la usurpación de lo social por lo político), sino también si es legítimo que esa potestad legislativa le corresponda a tantos actores: Legislativos y Ejecutivos nacionales, autonómicos, locales e instituciones comunitarias (por no hablar de que en ocasiones las instituciones públicas adoptan reglamentos privados).

La perversión de la ley no sigue incólume desde Bastiat: es aún más exuberante. Son la multiplicación de competencias y de órganos competentes y el nuevo protagonismo del reglamento las renovadas formas de perversión de la ley: se centuplican las regulaciones que aplican leyes referidas a derechos y deberes “económicos, sociales y culturales” que desvalijan a los derechos y deberes “individuales y políticos”.

Y la triste historia de la perversión de la ley desemboca en una paradoja. Esta nueva concepción de la ley, estos nuevos “derechos y deberes”, estas nuevas, omnipresentes y pormenorizadas regulaciones, “amplían” la ley hasta el punto de que ésta termina por contradecirse a sí misma. Autodestruyéndose.

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